Resolucion N° 2.647

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2012

RESOLUCION N° 2.647

Mendoza, 30 de noviembre de 2012

Visto el expediente 169-H-12-04387, en el cual se solicita la designación interina de Da. Daniela Elena Godoy, en el Agrupamiento 2, Enfermería y Técnico Asistencial, en el Hospital "'Enfermeros Argentinos", del Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vacante un cargo de Clase 010 - Cód. 15-2-01-02 - Unidad Organizativa 12 - Carácter 2.

Que la designación que se propicia se efectúa en forma interina y hasta tanto se cubra el cargo por concurso, en conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 5465 y se encuentra prevista en las excepciones del Art. 39 del Decreto-Acuerdo N° 110/12, reglamentario del Art. 103 de la Ley de Presupuesto N° 8399.

Por ello, en razón del pedido formulado, lo informado por la Subdirección de Personal, la conformidad de la Dirección General de Hospitales y uso de las facultades conferidas por el Decreto-Acuerdo N° 845/93, según lo dispuesto por el Art. 47 de la Ley N° 8399 y Arts. 20 y 46 del Decreto-Acuerdo N° 110/12.

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

Modificar la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2012 de la Administración Pública Provincial y transfiérase al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, el cargo vacante, en la forma que se indica en la Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°

Designar interinamente a partir de la fecha de la presente resolución y hasta tanto se cubra el cargo por concurso a la persona que se menciona, en el cargo que se indica, en la dependencia del Ministerio que se consigna:

Jurisdicción 08 - Carácter 2

Hospital Enfermeros Argentinos - Unidad Organizativa. 12

Clase 009 - Cód. 15-2-01-04

Da. Godoy, Daniela Elena, clase 1989, DNI N° 34.785.801, CUIL N° 27-34785801-9.

Artículo 4º

Establecer que la agente mencionada precedentemente, deberá cumplir cuarenta (40) horas semanales de trabajo, razón por la cual le corresponde percibir el adicional dispuesto por las leyes vigentes.

Artículo 4°

La presente resolución será notificada a Contaduría General de la Provincia para...

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