Resolución 8/2013
Fecha de disposición | 11 Enero 2013 |
Fecha de publicación | 16 Enero 2013 |
Sección | Resoluciones |
Bs. As., 11/1/2013
VISTO el Expediente Nº 1-255971/2012 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Nº S01:0337834/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA se llevó a cabo un procedimiento de verificación de origen no preferencial, en los términos de lo establecido en la Resolución Nº 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para los calzados importados por la firma LADY STORK S.A., exportados por la firma SWEET MELODY INDUSTRY correspondientes al Despacho de Importación Nº 10 001 IC06 012803 E de fecha 14 de diciembre de 2010.
Que como resultado del citado procedimiento de verificación de origen no preferencial llevado a cabo, se dictó la Resolución Nº 537 de fecha 5 de septiembre de 2011 de la ex - SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, mediante la cual se determinó que los calzados importados por la firma LADY STORK S.A., exportados por la firma SWEET MELODY INDUSTRY, clasificados en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 6404.19.00 y 6404.99.90, correspondientes al Despacho de Importación Nº 10 001 IC06 012803 E de fecha 14 de diciembre de 2010, no resultan originarios de MALASIA.
Que en la citada resolución también se dispuso la notificación a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a fin de que procediera a la ejecución de las garantías constituidas en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3° de la Disposición Nº 6 de fecha 9 de agosto de 2011 de la ex - SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA para el despacho citado en el considerando precedente.
Que mediante la Nota Nº 1513 de fecha 13 de septiembre de 2012, la Dirección de Técnica de la Subdirección General Técnico Legal Aduanera de la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, solicitó que se rectificara o ratificara las posiciones arancelarias indicadas en la Resolución Nº 537/11 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, considerando que existían diferencias entre las posiciones arancelarias aludidas en la mencionada resolución y la destinación de importación...
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