Resolución 886/2012

Fecha de disposición26 Diciembre 2012
Fecha de publicación28 Diciembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/12/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0485728/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 378 de fecha 27 de abril de 2005 aprobó los Lineamientos Estratégicos que rigen el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico de los organismos de la Administración Pública Nacional.

Que el objeto del citado plan es impulsar el uso intensivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte del ESTADO NACIONAL a fin de aumentar la eficacia y eficiencia de la gestión y los servicios públicos e incrementar la transparencia y la participación, para una mayor integración y desarrollo de la sociedad.

Que en el contexto indicado mediante el dictado de la Resolución Nº 52 de fecha 11 de marzo de 2011 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó el “Sistema Integrado de Comercio Exterior” (SISCO), aplicable al procedimiento de tramitación de las solicitudes de Certificados de Importación, Comprobantes y Constancias de Excepción establecidos por distintas normas dictadas al efecto.

Que en igual sentido y en el marco de las operaciones de comercio exterior, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha desarrollado e implementado distintas medidas y herramientas informáticas para la gestión y administración de tales operaciones, entre las cuales es dable mencionar las que definieron las bases de la denominada “Ventanilla Unica de Comercio Exterior (VUCE)”, con el fin de unificar en un punto de acceso y a través de medios electrónicos, los trámites inherentes a las intervenciones de los distintos organismos.

Que ello ha facilitado la transferencia ininterrumpida de información entre los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tienen injerencia en las operaciones de comercio exterior.

Que la utilización conjunta y compartida de los sistemas informáticos constituye un instrumento de vital importancia en las operaciones de comercio exterior como forma de simplificar las operatorias y dotarlas de una mayor eficiencia, transparencia y seguridad.

Que asimismo mediante el dictado de la Resolución Nº 304 de fecha 22 de junio de 2012 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se efectuaron modificaciones en los...

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