Resolución 870/2012

Fecha de disposición05 Diciembre 2012
Fecha de publicación10 Diciembre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 5/12/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0021096/2012 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2075 de fecha 16 de octubre de 2002 se declaró en estado de emergencia a la prestación de los servicios emergentes de los contratos de concesión en vías de ejecución correspondientes al sistema público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que el citado decreto estableció, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación del servicio público, la realización de Programas de Emergencia de Obras, Trabajos Indispensables y de Prestación del Servicio, los cuales fueron determinados mediante la Resolución Nº 115 de fecha 23 de diciembre de 2002 del entonces MINISTERIO DE LA PRODUCCION y el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005, sus normas modificatorias y complementarias.

Que resulta dable mencionar que la Ley Nº 26.352 de Reordenamiento Ferroviario constituye una manifestación adicional de la política propuesta por el ESTADO NACIONAL para recuperar y desarrollar la infraestructura ferroviaria y garantizar el acceso a los servicios de transporte y que mediante el Decreto Nº 874 de fecha 6 de junio de 2012 se dispuso la transferencia de las competencias en materia de transporte a este Ministerio.

Que gran parte del desarrollo de la actividad vinculada a la construcción y provisión de servicios y bienes en el sector ferroviario se instrumenta a través de contratos de suma transcendencia y duración prolongada, con especificidad técnica, multiplicidad de componentes nacionales y extranjeros, productos renovables y nuevos, mantenimientos correctivos y preventivos, y donde además los montos económicos resultan significativos.

Que las particularidades mencionadas tornan necesario la generación de mecanismos de coordinación adecuados entre las distintas áreas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE a los fines de analizar la razonabilidad de los precios de las obras y la provisión de servicios y bienes ferroviarios involucrados.

Que en virtud de ello, resulta de vital importancia contar con una Comisión de Análisis de Precios de Obras y Provisión de Servicios y Bienes Ferroviarios, a la cual este Ministerio pueda solicitar asistencia cuando así lo entienda necesario.

Que, en atención a todas las circunstancias descriptas y a las prioridades trazadas...

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