Resolución 4091.

Fecha de disposición31 Octubre 2016
Fecha de publicación31 Octubre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 4091/2016

Buenos Aires, 27/10/2016

VISTO el Expediente ENARGAS N° 30.438 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en la Ley N° 24.076, su Decreto Reglamentario N° 1738/92, y

CONSIDERANDO:

Que mediante diversas Resoluciones emitidas por esta Autoridad Regulatoria se han establecido reglamentaciones respecto de las ferias administrativas del ENARGAS.

Que dichas Resoluciones establecen, entre otras cuestiones, un tratamiento diferenciado respecto de los procedimientos referidos a resoluciones administrativas y aquellas dictadas en ejercicio de facultades materialmente jurisdiccionales otorgadas por ley al ENARGAS.

Que asimismo, hacen referencia a Gerencias que ya no existen en la estructura organizativa de esta Autoridad Regulatoria y disponen cuestiones particulares vigentes únicamente para el año en que se dictaron.

Que la experiencia acumulada demuestra la necesidad de unificar dichas reglamentaciones a fin de evitar la dispersión normativa y consolidar el tratamiento dispensado a los actos emitidos por este Ente Regulador, incrementando la transparencia y brindando un trato equitativo a los administrados y usuarios de los servicios públicos de transporte y distribución de gas por redes, en lo que refiere a la temática referida precedentemente.

Que resulta entonces oportuno y conveniente dictar una Resolución que reúna dicha información y a la vez garantice el pleno ejercicio de los derechos de los administrados y usuarios, agrupando también las excepciones pertinentes.

Que, en tal sentido, corresponde de igual modo garantizar el ejercicio de las facultades de contralor de este Organismo, así como el cumplimiento de sus deberes y facultades, en pos del interés público comprometido en su rol de Ente Regulador.

Que, como consecuencia de lo expuesto, resulta también conveniente establecer en la presente Resolución los horarios de atención al público de la Mesa de Entradas y Salidas de este Organismo y el referido a los períodos de feria para la atención de reclamos.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto conforme lo dispuesto en el artículo 59 incisos a), b) y h) de la Ley N° 24.076 y los Decretos Nros. 571/2007...

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