Resolución 408/2022

Fecha de publicación11 Julio 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-106131776- -APN-GPE#ADIFSE, las Leyes Nº 19.549, N° 22.520, Nº 27.132 (T.O. Decreto N° 438/92), el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por sus similares N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 y N° 532 de fecha 9 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.132 se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, la renovación y el mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, con el objeto de garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) asigna al MINISTERIO DE TRANSPORTE la competencia para “(…) asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al transporte aéreo, ferroviario, automotor, fluvial y marítimo, y, a la actividad vial”, asignándole entre sus funciones la de (…) ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL” (objetivo 2), “entender en la elaboración y ejecución de la política nacional de transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación” (objetivo 10) y “entender en la supervisión, el fomento y el desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte” (objetivo 12).

Que, asimismo, le atribuye a esta Cartera de Estado la competencia para “entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia” (objetivo 1), “entender en la regulación y coordinación de los sistemas de transporte” (objetivo 13)”.

Que, en dicho contexto, es política de este MINISTERIO DE TRANSPORTE intervenir en el ámbito de su competencia en las acciones tendientes a lograr la efectiva integración regional del territorio, conforme las pautas que determine la política nacional de ordenamiento territorial, e intervenir en el área de su competencia en la ejecución de las acciones tendientes a lograr la integración del país con los demás países de la región.

Que en ese sentido, la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO mediante la Nota N° NO-2022-44540722-APN-JGGEI#ADIFSE de fecha 5 de mayo de 2022, ha...

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