Resolución 406/2021

Fecha de publicación27 Diciembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DEL AGUA


José María Ezeiza, Buenos Aires, 18/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-118595212-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2021, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre del 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, las Resoluciones N° 48 del 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias, N° 21 del 1° de marzo de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y N° 53 del 27 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto se tramita la propuesta de contratación de la Ingeniera Giuliana ELCANO bajo el régimen de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, en este INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA).

Que en función de una eficaz prosecución de las actividades operativas propias de este Instituto, resulta necesario fortalecer y complementar su labor, procediendo a aprobar la contratación propiciada, en los términos del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación

Que los Artículos y del Anexo a la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02 y modificatorios y la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la Planta Permanente.

Que el Artículo 5° del Decreto N° 355/17 sustituido por el Artículo 4° del Decreto N° 859/18 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los Artículos 3°, 4° y 8° del mencionado Decreto.

Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través del IF-2018-35328363-APN-ONEP#MM...

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