Resolución 402.

Fecha de disposición20 Julio 2016
Fecha de publicación20 Julio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 402/2016

Bs. As., 21/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.671.636/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3, 4/6, 7/9, 61/63 y 67 del expediente citado en el Visto, obran los Acuerdos celebrados entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES (AAA) por el sector de los trabajadores y las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E", de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en los mentados Acuerdos, las partes convinieron los incrementos de los básicos salariales y adicionales del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E", en los porcentajes, plazos y demás condiciones allí pactadas.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar los mentados textos convencionales, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.

Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la estricta correspondencia entre la actividad que realizan las empresas firmantes, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio de los Acuerdo, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el Acuerdo salarial celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES (AAA) por el sector de los trabajadores y las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E", de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.671.636/15.

ARTÍCULO 2°

Declárese homologado el Acuerdo salarial celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES (AAA) por el sector de los trabajadores y las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E", de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 4/6 del Expediente N° 1.671.636/15.

ARTÍCULO 3°

Declárese homologado el Acuerdo salarial celebrado entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES (AAA) por el sector de los trabajadores y las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E", de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 7/9 del Expediente N° 1.671.636/15.

ARTÍCULO 4°

Declárese homologado la escala salarial celebrada entre la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE AERONAVEGANTES (AAA) por el sector de los trabajadores y las empresas AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA y AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E", de conformidad con la Ley de Negociaciones Colectivas N° 14.250 (t.o. 2004), que luce a fojas 61/63 y 67 del Expediente N° 1.671.636/15.

ARTÍCULO 5°

Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrantes a fojas 2/3, 4/6, 7/9, 61/63 y 67 del Expediente N° 1.671.636/15.

ARTÍCULO 6°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, pase a la guarda del presente Acuerdo conjuntamente con el Legajo del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 43/91 "E".

ARTÍCULO 7°

Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 8°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.671.636/15

Buenos Aires, 24 de junio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 402/16 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 2/3, 4/6, 7/9 y 61/63 y 67 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 436/16, 437/16, 438/16 y 439/16 respectivamente. -- Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de Septiembre de 2014, se reúnen por un lado el Sr. Pablo Ceriani en su carácter de Gerente de Área Económica Financiera, en representación de AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A. (ARSA) y AUSTRAL LINEAS AEREAS CIELOS DEL SUR...

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