Resolución 928/2012

Fecha de disposición02 Octubre 2012
Fecha de publicación03 Octubre 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 2/10/2012

VISTO el Expediente Nº S01:00008370/2009 del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones Nros. 1.487 de fecha 26 de junio de 2008 y 1.898 de fecha 21 de julio de 2008 de la ex - OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se hace saber a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, organismo descentralizado en la órbita del entonces Ministerio que del total de las Declaraciones Juradas de productos agrícolas no han acreditado la adquisición o tenencia de la mercadería registrada las empresas que se detallan en los Anexos I de las citadas resoluciones, debiendo tributar las alícuotas o retenciones correspondientes a las fechas de oficialización del respectivo destino de exportación.

Que la administrada interpone sendos recursos de reconsideración contra las citadas Resoluciones Nros. 1.487/08 y 1.898/08.

Que en el marco del procedimiento administrativo, se dictó la Resolución Nº 1.413 de fecha 24 de febrero de 2011 de la citada ex - Oficina Nacional, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la que dispuso: 1) rechazar los recursos de reconsideración interpuestos por la Empresa CARGILL S.A.C.I. contra las Resoluciones Nros. 1.487/08, y 1.898/08; y 2) procedió a rectificar las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior registradas por dicha Empresa incluidas en los Anexos de la citada Resolución Nº 1.898/08, mandando a comunicar a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que en cuanto al recurso interpuesto, es dable reiterar que tal como lo señaló el Artículo 3° del Decreto Nº 764 de fecha 21 de mayo de 2008 que: “la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA), organismo descentralizado, en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS... informará a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior comprendidas en el Articulo 2° de la precitada Ley Nº 26.351...”.

Que resulta entonces que el papel de la citada ex - Oficina Nacional se limitaba a suministrar un mero informe previo a lo que la citada Administración Federal, resolvería luego en cada caso...

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