Resolución 400/2022

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorSINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 18/11/2022

VISTO el Decreto Nº 456 del 3 de agosto de 2022, y las Resoluciones SIGEN Nº 28 del 23 de marzo de 2006 y Nº 297 del 31 de diciembre de 2020 y sus modificatorias, y el Expediente N° EX-2022-100083171-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución SIGEN Nº 28/2006, se aprobó el procedimiento para el ejercicio de las funciones otorgadas a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN por el Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el Decreto Nº 467/1999.

Que por Decreto Nº 456/2022, se aprobó un nuevo Reglamento de Investigaciones Administrativas, y se derogó el citado Decreto Nº 467/1999.

Que atento ello resulta necesario derogar la Resolución SIGEN Nº 28/2006 y dictar pautas para el ejercicio de las funciones otorgadas a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN de conformidad con la normativa vigente.

Que asimismo, la experiencia recogida durante la vigencia de la Resolución aludida, así como la nueva realidad económica, tornan aconsejable modificar el monto a partir del cual el perjuicio fiscal debe ser calificado como de relevante significación económica, expresándolo en unidades retributivas del Escalafón del Sistema Nacional de Empleo Público o del que en el futuro lo sustituya, a los efectos de mantener constante su valor.

Que entre las responsabilidades primarias y acciones de la SUBGERENCIA DE PERJUICIO FISCAL Y ASISTENCIA LEGAL y la COORDINACIÓN DE DEPARTAMENTO DE PERJUICIO FISCAL de la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS establecidas por la Resolución SIGEN Nº 297/2020 y modificatorias, se encuentra la de ejercer de manera centralizada y como única instancia, las funciones de intervención en los pertinentes sumarios disciplinarios del sector público.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 112, inciso b), de la Ley Nº 24.156.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las “Pautas para el ejercicio de las funciones otorgadas a la...

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