Resolución 400/2014

Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE INDUSTRIA

Resolución 400/2014Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0083979/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 25.922 se creó el Régimen de Promoción de la Industria del Software, que prevé beneficios para la industria del software y servicios informáticos.

Que por la Ley Nº 26.692 se prorrogó el Régimen mencionado hasta el día 31 de diciembre de 2019 y se implementaron modificaciones a los efectos de mejorar su funcionamiento.

Que el Decreto Nº 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013 aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 25.922 y su modificatoria Ley Nº 26.692 y creó, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos de las Leyes Nº 25.922 y su modificatoria Nº 26.692.

Que mediante la Resolución Nº 5 de fecha 31 de enero de 2014 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se dictaron las normas complementarias y aclaratorias para la mejor aplicación del Régimen de Promoción de la Industria del Software.

Que mediante la Resolución Nº 95 de fecha 8 de marzo de 2007 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la empresa QSERVICES S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-70910190-7) se encuentra inscripta desde el día 26 de junio de 2006 en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos creado por el Artículo 1° de la Resolución Nº 61 de fecha 3 de mayo del 2005 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que con fecha 29 de abril de 2014, la empresa QSERVICES S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-70910190-7) optó de manera expresa y fehaciente por reinscribirse, dentro del plazo establecido por el Artículo 10 bis de la Ley Nº 25.922, modificada por la Ley Nº 26.692, y el Artículo 15 del Anexo del Decreto Nº 1.315/13, mediante la presentación del formulario “on line” y la documentación respaldatoria del Anexo II de la Resolución Nº 5/14 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, conforme lo previsto en los Artículos 11, 12, 14 y 15 de esta última resolución.

Que la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial de la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en mérito a lo normado en el Artículo 16 de la Resolución Nº 5/14 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, examinó el cumplimiento de los requisitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del informe técnico de evaluación obrante a fojas 199/205 del expediente citado en el Visto.

Que de conformidad con lo indicado en el informe...

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