Resolución 4. RESOL-2019-4-APN-INV#MPYT

Fecha de disposición08 Enero 2019
Fecha de publicación08 Enero 2019
SecciónResoluciones

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 4/2019

RESOL-2019-4-APN-INV#MPYT

2a. Sección, Mendoza, 04/01/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-58198824-APN-DD#INV, la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566, la Resolución Nº C.32 de fecha 19 de octubre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto se propicia la modificación de la Resolución Nº C.32 de fecha 19 de octubre de 2016.

Que el Artículo 4º de la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566 establece que el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) será la Autoridad de Aplicación de la ley y dictará las normas reglamentarias necesarias para la prosecución de los fines inherentes a la misma.

Que el Artículo 7º de la citada ley, establece que el alcohol etílico, etanol, ethyl alcohol, hidróxido de etilo o cualquier otra denominación que se adopte para identificarlo, es el producto que responde a la Fórmula Química H3C-CH2OH y que se encuentra desarrollada en el Anexo I de la norma.

Que la Resolución Nº C.32 de fecha 19 de octubre de 2016, establece la Clasificación, los Parámetros Técnicos, las Determinaciones y Metodologías Analíticas, Expresión de los Resultados y Tolerancias Analíticas aplicadas a los alcoholes...

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