Resolución 4 - E.

Fecha de disposición10 Enero 2017
Fecha de publicación10 Enero 2017
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 4 - E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2017

VISTO el Expediente Electrónico EX-2016-00117510-APN-DDYME#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 556 de fecha 31 de mayo de 2016 y las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 332 de fecha 10 de octubre de 1997, 376 del 11 de diciembre de 2009, 85 del 5 de marzo del 2012 y sus modificatorias y 918 del 15 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 556 de fecha 31 de mayo de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, ambas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, corresponde aprobar la estructura de nivel inferior de las citadas áreas, teniendo en miras la dinámica adquirida y el proceso de transformación de la política comunicacional de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Que tendiendo a la búsqueda de la optimización de la gestión en función de las competencias asignadas a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de esta Jefatura, resulta imprescindible rediseñar las acciones de diversas Coordinaciones dependientes de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de dicha Subsecretaría.

Que, asimismo corresponde incorporar, ratificar, homologar, reasignar y derogar distintas unidades pertenecientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que mediante el informe IF-2016-03113967-APN-SSPEP#MM, ha tomado intervención, en el ámbito de su competencia, la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia mediante los dictámenes IF-2016-4562174-APN-SIGEN, PVD-2016-04450008-APN- SIGEN, IF-2016-4678935-APN-SIGEN, IF-2016-00215043-APN-DGAJ#JGM, IF-2016-03702779-APN- DGAJ#JGM y el IF-2016-4894067-APN-DGAJ#JGM, respectivamente .

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 17 del Decreto N° 1545 del 31 de Agosto de 1994.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA y de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, de esta Jurisdicción, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexo IF-2017-00200184-APN-SSCA#JGM forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Deróganse los Anexos V y VI aprobados por el artículo 5°, los Anexos VII y VIII aprobados por el artículo 6º y los Anexos IX y X aprobados por el artículo 7°, todos ellos de la Resolución N° 85 del 5 de marzo de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3°

Apruébanse, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo al Listado y Acciones que, como Anexo IF-2016-05290913-APN-SSCA#JGM forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°

Apruébanse, en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo al Listado y Acciones que, como Anexo IF-2016-05290916-APN-SSCA#JGM forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°

Incorpóranse, ratifícanse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en IF-2016-05290921-APN-SSCA#JGM que forma parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 6°

Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la misma, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre del 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 7°

Suprímese de la estructura organizativa de nivel departamental de la DIRECCIÓN DE OPERACIONES Y SERVICIOS GENERALES, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Departamento de Imprenta, incorporado por el artículo 3° de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 918 de fecha 15 de octubre de 2014.

ARTÍCULO 8°

El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 \u2013 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 9°

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- MARCOS PEÑA, Jefe de Gabinete de Ministros, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y PROCESO DE LA COMUNICACIÓN

ACCIONES:

  1. Desarrollar los mecanismos de difusión de las actividades del Sector Público Nacional y de los actos de gobierno del ESTADO NACIONAL, asistiendo en el control operativo de la comunicación pública.

  2. Gestionar los procesos de emisión de publicidad oficial.

  3. Participar en el diseño y actualización de los mecanismos propios del proceso de comunicación oficial.

  4. Elaborar estudios y evaluaciones a fin de perfeccionar la selección de los canales de comunicación del Sector Público Nacional.

  5. Gestionar la emisión de anuncios de interés general en los espacios cedidos sin cargo por los medios audiovisuales.

  6. Asistir al Director Nacional en la realización de campañas de bien público y de organismos oficiales.

    DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

    DIRECCIÓN DE GESTIÓN OPERATIVA

    ACCIONES:

  7. Ejecutar la planificación de las actividades de comunicación del Sector Público Nacional.

  8. Administrar los procesos de aprobación de las campañas institucionales de publicidad y comunicación oficial según el tipo de publicidad de que se trate y confeccionar las actuaciones administrativas requeridas.

  9. Supervisar el cumplimiento de las pautas de emisión fijadas por la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA.

  10. Coordinar los expedientes de emisión de publicidad oficial con aquellos por los cuales tramita el pago de publicidad oficial.

  11. Brindar asistencia técnica que pudieran requerir las distintas dependencias de la Administración centralizada y descentralizada para la contratación de publicidad oficial y articular acciones para cumplimentar con los requisitos exigidos por la normativa vigente.

    SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

    DIRECCIÓN NACIONAL DE SUPERVISIÓN OPERATIVA

    DIRECCIÓN DE CONTROL DE PROCESOS

    ACCIONES:

  12. Asistir a la Dirección Nacional en el monitoreo y evaluación del contenido y la calidad de la publicidad oficial.

  13. Efectuar el control del cumplimiento de las condiciones para la aceptación de certificación de avisos y facturación por parte de los proveedores de publicidad oficial.

  14. Verificar el cumplimiento de las condiciones técnicas y de frecuencias oportunamente pautadas y su reflejo en las órdenes de publicidad.

  15. Mantener actualizado el registro del estado de la inversión publicitaria, debiendo identificar lo pautado por proveedor, campaña y medio, manteniéndolo a disposición de quien lo requiera.

  16. Asistir a los proveedores e interactuar con los organismos intervinientes en el proceso, a fin de lograr la correcta ejecución de la inversión.

    DIRECCIÓN NACIONAL DE SUPERVISIÓN OPERATIVA

    DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS Y ENTIDADES

    ACCIONES:

  17. Asistir a la Dirección Nacional en la supervisión de las actividades publicitarias de los organismos descentralizados y entidades con autarquía financiera.

  18. Realizar evaluaciones y estudios tendientes a la optimización y mejora continua de los procesos de gestión en la materia de su competencia.

  19. Efectuar el seguimiento de las contrataciones y pago de los servicios de publicidad realizados en el marco del "Procedimiento para el trámite de contratación de publicidad institucional" aprobado por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA N° 2/2013.

  20. Efectuar el seguimiento y solicitud de transferencia de fondos por parte de los organismos descentralizados que soliciten servicios de publicidad oficial, con el objeto que se atiendan los pagos a proveedores de dicha publicidad.

  21. Asistir en la interacción con TELAM S.E. y las áreas responsables del S.A.F. de la jurisdicción.

  22. Coordinar en la tramitación de los expedientes de adhesión a los regímenes establecidos en los Decretos N° 1145/2009 y N° 852/2014, procediendo al registro y control integral de los mismos.

    SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA

    DIRECCIÓN NACIONAL DE PRENSA

    DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN DE ACTOS DE GOBIERNO

  23. Proveer de información sobre los actos de gobierno a los medios nacionales e internacionales, a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito nacional e internacional.

  24. Mantener una fluida relación con los medios de comunicación a fin de proporcionarles información oficial en tiempo y...

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