Resolución 4/2020

Fecha de publicación18 Mayo 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2020

VISTO el EX-2020-06391341-APN-SSGA#MMGYD, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus normas modificatorias y complementarias, las Leyes N° 26.485 y sus modificatorias, N° 27.499, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7 del 11 de diciembre de 2019 y el Decreto N° 1011 del 19 de julio de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/2019 se modificó Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias, y se estableció que compete al MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, entender en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales para prevenir, erradicar y reparar la violencia por razones de género y para asistir integralmente a las víctimas en todos los ámbitos en que se desarrollan las relaciones interpersonales.

Que asimismo, surge de dicha norma que es competencia de este Ministerio coordinar con otros ministerios y con los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales para asegurar la transversalización de las políticas de género, igualdad y diversidad y entender en la suscripción de convenios con organismos nacionales, gobiernos provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Municipios y/o instituciones de la sociedad civil, para el desarrollo de políticas en materia de políticas de género, igualdad y diversidad.

Que también se atribuyó a esta Cartera de Estado la facultad de entender y coordinar con otras áreas de gobierno y jurisdicciones el diseño e implementación de campañas de comunicación y cultura destinadas a la visibilización de las problemáticas de género, igualdad y diversidad.

Que conforme surge de los considerandos del citado Decreto N° 7/2019, la creación del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD responde al compromiso asumido con los derechos de las mujeres y diversidades, frente a toda forma de discriminación y violencia, y en pos de la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género, siendo estos objetivos prioritarios de gobierno.

Que atento a la creación de este Ministerio y a las competencias asignadas, se suprimió el organismo denominado INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJERES (INAM), el cual, conforme lo establecía el artículo 14 del Decreto N° 698/17, era continuador del CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES.

Que, por lo tanto, el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD es el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la Ley N° 26.485, de protección integral para prevenir...

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