Resolución 4/2015

Fecha de disposición04 Marzo 2015
Fecha de publicación09 Marzo 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33085



MINISTERIO DE SALUD

Resolución 4/2015Bs. As., 4/3/2015

VISTO el Expediente N° 2002-2185-15-8 del registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 17.102 y su Decreto Reglamentario N° 8248/68, el Decreto N° 34/15, la Resolución Ministerial N° 143/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.102 de SERVICIO DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD prevé que el Poder Ejecutivo Nacional podrá constituir organismos asistenciales o sanitarios con el objeto de propender a la mejor y más amplia prestación de servicios de salud.

Que en su artículo sexto establece que cada servicio de atención médica integral para la comunidad será conducido por un Consejo de Administración.

Que el Poder Ejecutivo, a través del Decreto N° 34/15 dio aprobación al Convenio de creación del ENTE HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD “EL CALAFATE” S.A.M.I.C. (celebrado entre el Estado Nacional, la PROVINCIA DE SANTA CRUZ y el Municipio de El Calafate) y su correspondiente Estatuto que obra como anexo único.

Que por el artículo tercero del referido Decreto Presidencial se autoriza al MINISTERIO DE SALUD a suscribir los actos complementarios que fueren necesarios para el cumplimiento de los fines previstos en el Convenio aprobado por el artículo segundo.

Que el Estatuto indica que el Consejo de Administración del nuevo ente S.A.M.I.C. estará integrado por SEIS (6) miembros, TRES (3) de los cuales deberán ser designados por este Ministerio, DOS (2) por el Ministerio de Salud Provincial y UNO (1) por el Municipio; en esta primera etapa fundacional la presidencia será ejercida por uno de los representantes designados por el Ministerio de Salud de la Nación. (Artículo 8).

Que por Resolución Ministerial N° 143 del 11 de febrero de 2015 fueron designados los señores Carlos Horacio ÁLVAREZ (DNI N° 14.556.226), Carlos Pedro KARMAZYN (DNI N° 10.747.640), y la señora Virginia ZAPATA (DNI N° 25.268.349) como representantes titulares del Estado Nacional para integrar el antedicho Consejo de administración.

Que en cumplimiento del Decreto presidencial N° 8248/68, reglamentario de la Ley N° 17.102, resulta necesario designar un representante del Estado Nacional que integre el aludido Consejo de administración en casos de ausencia de alguno de los representantes titulares.

Que el Doctor Héctor Rolando NERVI (D.N.I. N° 25.602.381, Legajo N° 124.100) reúne las condiciones de idoneidad necesarias para cumplir las funciones requeridas como...

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