Resolución 397/2021

Fecha de publicación21 Abril 2021
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2021

VISTO el EX-2019-56736218- -APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, N° 19.549 y Nº 27.541, los Decretos N° 1536 del 20 de agosto de 2002, N° 1346 del 30 de diciembre de 2016, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, N° 297 del 19 de marzo de 2020 y complementarios, y Nº 520 de fecha 7 de junio de 2020, y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 enero de 2017, Nº 1565-E de fecha 6 de diciembre de 2017 y N° 1109-E de fecha 18 de julio de 2018, N° 86-E de fecha 19 de enero de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nacional N° 27.541 se estableció la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, hasta el día 31 de diciembre de 2020, siendo ampliada la emergencia pública en materia sanitaria por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto N° 260/2020 y su modificatorio, debido a la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el nuevo Coronavirus (COVID-19).

Que debido a dicha emergencia se han adoptado medidas a través de los Decretos Nº 297/2020 y Nº 520/2020 y normativa complementaria, destinadas a atenuar la expansión del virus COVID-19 limitando la circulación de personas y el desarrollo de actividades, lo que produce un impacto económico inevitable.

Que la industria cinematográfica y audiovisual es un sector relevante de la cultura, de la economía y el patrimonio nacional, al que la reducción de actividades ha afectado de manera significativa.

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, estableció que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, tiene a su cargo el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República.

Que es factible la reanudación de rodajes cuyos inicios se produzcan en el primer semestre del año 2021, período en el que se vislumbra una intensa reanudación de actividades.

Que el inciso c) del artículo 24 de la Ley de Cine prevé la aplicación del Fondo de Fomento Cinematográfico al otorgamiento de préstamos y subsidios a la producción de películas nacionales definidas en los términos del artículo 8º de esa norma.

Que con el dictado de la Resolución INCAA N° 86-E/2021, se prevé una ayuda financiera a los...

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