Resolución 396. RESOL-2018-396-APN-SECT#MT

Fecha de disposición04 Diciembre 2018
Fecha de publicación04 Diciembre 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 396/2018

RESOL-2018-396-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº 279.630/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente N° 279.630/16, luce agregado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN, por la parte sindical y la empresa PEPSICO DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94.

Que bajo el acuerdo de marras las partes convienen una gratificación extraordinaria, en los términos y lineamientos allí expuestos.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94 ha sido oportunamente celebrado entre la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR