Resolución 3953.

Fecha de disposición19 Agosto 2016
Fecha de publicación19 Agosto 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 3953/2016

Buenos Aires, 18/08/2016

VISTO el Expediente N° 30059 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, y

CONSIDERANDO:

Que el día 18 de agosto de 2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió en los autos "CENTRO DE ESTUDIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y LA SOLIDARIDAD Y OTROS C/ MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA S/ AMPARO COLECTIVO", confirmando parcialmente la sentencia apelada en tanto declaraba la nulidad de las Resoluciones MINEM N° 28/16 y N° 31/16, respecto de las tarifas aplicables a los usuarios residenciales.

Que para así decidir, tuvo en cuenta la necesidad de la existencia de procedimientos de participación previa para la toma de decisiones en materia tarifaria.

Que la Resolución MINEM N° 28/16 estableció nuevos precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), los que se vieron reflejados en los cuadros tarifarios emitidos por esta Autoridad Regulatoria.

Que la Resolución MINEM N° 31/16 instruyó al ENARGAS a que aprobara un ajuste transitorio de las tarifas de transporte y distribución sobre la base de la situación económica-financiera de las licenciatarias de transporte y distribución y las obligaciones asumidas, determinando, además, un plan de inversiones obligatorias.

Que el Artículo 37 de la Ley N° 24.076 establece los componentes de la tarifa de gas, a saber: precio de gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, tarifa de transporte y tarifa de distribución.

Que el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el marco de las actuaciones obrantes en el Expediente N° EX-2016-00788687-APN-DDYME#MEM, ha instruido a esta Autoridad Regulatoria a convocar una Audiencia Pública para el tratamiento de la adecuación tarifaria transitoria de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural por redes, que será aplicable hasta tanto se establezcan los cuadros tarifarios que resulten de la Revisión Tarifaria Integral.

Que, además, el objeto de la convocatoria incluirá la consideración de todos los componentes de los cuadros tarifarios contemplados en el Artículo 37 de la Ley N° 24.076.

Que atento la sentencia de la Corte antes referida y lo dispuesto por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, corresponde convocar a una Audiencia Pública, a fin de considerar el traslado a tarifa de los Precios de gas en el PIST, así como los cuadros tarifarios transitorios de transporte y distribución...

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