Resolución 431/2012

Fecha de disposición02 Agosto 2012
Fecha de publicación09 Agosto 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 2/8/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0076292/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la razón social WARRANT NORTE S.A., con domicilio legal en la calle Presidente Perón Nº 315, Piso 2º, oficina 252, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, solicita extensión de la autorización para emitir Certificados de Depósito y Warrants en los términos de la Ley Nº 9643 para operar con materias primas agrícolas, ya sea sobre depósitos propios o de terceros.

Que al respecto debe tenerse presente que por Resolución Nº 369 del 25 de octubre de 1994 de la ex SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se autorizó a la razón social WARRANT NORTE S.A. para emitir Certificados de Depósito y Warrants en los términos de la Ley Nº 9643 sobre productos susceptibles de ser operados conforme a la misma, ya sea sobre depósitos o de terceros.

Que a su vez la citada Resolución Nº 369/94 dispuso que la firma mencionada debía abstenerse de operar con materias primas agrícolas, hasta tanto la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se expidiera sobre el particular.

Que en función de lo establecido por el Artículo 2º del Decreto Nº 1034 del 7 de julio de 1995 se transfirió el carácter de autoridad nacional de aplicación y contralor de la Ley Nº 9643 a la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, por lo cual corresponde expedirse sobre el particular.

Que en virtud de ello se observa que los antecedentes aportados por la peticionante y el cumplimiento de los requisitos previstos en el Artículo 2º de la Ley Nº 9643 aconsejan dar curso favorable a la solicitud de referencia.

Que por otra parte, debe tenerse presente que la autorización a otorgar permitirá extender la utilización de un importante instrumento de crédito en beneficio de la actividad agropecuaria.

Que sin perjuicio de ello, resulta necesario preservar la integración del capital denunciado por la citada empresa como así también su patrimonio, por lo que corresponde hacer saber a la misma que cualquier alteración que experimente deberá contar con la previa autorización de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR