Resolución 390-E.

Fecha de disposición17 Mayo 2017
Fecha de publicación17 Mayo 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 390-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2017

VISTO el Expediente EX-2017-08533806- -APN-CME#MP, la Ley Nº 22.802, las Resoluciones Nros. 431 de fecha 28 de junio de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 171 de fecha 4 de julio de 2016, y 207 de fecha 17 de marzo de 2017 ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 22.802, en su Artículo 12, inciso b) faculta a la Autoridad Nacional de Aplicación a establecer los requisitos de seguridad que deberán cumplir los productos o servicios que no se encuentren regidos por otras leyes.

Que la Resolución Nº 431 de fecha 28 de junio de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, incorporó al régimen de reconocimiento establecido por la Resolución Nº 123 de fecha 3 de marzo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS a los laboratorios de calibración y los organismos de inspección cuya labor esté destinada al cumplimiento de los regímenes de certificación obligatoria, y estableció los requisitos para los mismos.

Que la Resolución N° 171 de fecha 4 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN estableció la reglamentación técnica referida al equipamiento eléctrico de baja tensión que se comercializa en la REPÚBLICA ARGENTINA y las pautas para la certificación que acrediten el cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad.

Que mediante el dictado de la Resolución N°...

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