Resolución 390 - E.
Fecha de disposición | 02 Septiembre 2016 |
Fecha de publicación | 02 Septiembre 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 390 - E/2016
Buenos Aires, 26/08/2016
VISTO el Expediente N° 1.527.046/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 26.377, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 261 de fecha 27 de mayo de 2016, la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 38 de fecha 19 de diciembre de 2012 y la Resolución de la COMISION NACIONAL DEL TRABAJO AGRARIO N° 82 de fecha 22 de octubre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.377 facultó a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA), a celebrar entre sí convenios de corresponsabilidad gremial en materia de Seguridad Social.
Que el Decreto N° 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados en el marco de la Ley N° 26.377.
Que por Resolución N° 38/12 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL se homologó, con los alcances previstos en la Ley N° 26.377 y su Decreto N° 1.370/08, el Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la CAMARA DEL TABACO DE JUJUY.
Que por la Resolución de la COMISION NACIONAL DEL TRABAJO AGRARIO N° 82 de fecha 22 de octubre de 2015, se fijan las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de COSECHA DE TABACO, en el ámbito de las Provincias de SALTA y JUJUY, con vigencia a partir del 1° de octubre del 2015, del 1° de diciembre del 2015 y del 1° de enero del 2016, hasta el 30 de septiembre de 2016.
Que en virtud de haber aumentado el valor del jornal y a los fines de mantener la representatividad de los aportes y contribuciones que la tarifa establecida sustituye, procede la homologación de una nueva tarifa sustitutiva.
Que mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 261, de fecha 27 de mayo de 2016, se acepta la excusación presentada por el Secretario de Seguridad Social, Señor Juan Carlos PAULUCCI MALVIS, para intervenir en las actuaciones en las que sean parte la UNION ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y...
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