Resolución 39-E.

Fecha de disposición01 Febrero 2018
Fecha de publicación01 Febrero 2018
SecciónResoluciones

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE ESTADO

Resolución 39-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2018

VISTO el EX-2016-00026351-APN-DMEYD#AABE, Ley Nº 27.431, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, y su reglamentario Nº 2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, Nº 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013 y su modificatorio, el Convenio Marco de Cooperación AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO \u2013 ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO de fecha 20 de marzo de 2.017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la MUNICIPALIDAD de LAGUNA LARGA, de la Provincia de CÓRDOBA, tendiente a obtener la cesión a su favor de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado sobre la Ruta Nacional Nº 9, entre las calles Vélez Sarsfield y Juan Manuel de Rosas, el cual conforma el Cuadro de Estación LAGUNA LARGA, del Ramal GM.2 de la Línea del Ferrocarril General Bartolomé MITRE, Departamento de RÍO SEGUNDO, Localidad de LAGUNA LARGA, Provincia de CÓRDOBA, identificado catastralmente como Departamento 27 - Pedanía 06 - Pueblo 09 - Circunscripción 01 - Sección 01 \u2013 Manzana 109, vinculado con el CIE Nº 14-0001491-0/2, con una superficie total aproximada de CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (5.760 m2), según se detalla en el PLANO-2017-31841324-APN-DNRBI#AABE que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.

Que el citado inmueble se halla en jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE \u2013 ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, habiendo prestado conformidad con la presente medida, la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA.

Que el inmueble fue solicitado por la Municipalidad de LAGUNA LARGA para destinarlo a un Centro Integrador Comunitario con esparcimiento y actividades recreativas y un espacio verde y cultural.

Que el inmueble representará un importante espacio de esparcimiento y reunión de los vecinos para reforzar, establecer y crear un espacio verde público indispensable e idealizado para todos los ciudadanos.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12, modificado por la Ley N° 27.431, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el Órgano Rector, centralizador de toda actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado Nacional, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, cuando no corresponda a otros...

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