Resolución 39/2022

Fecha de publicación06 Diciembre 2022
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 02/12/2022

VISTO el EX-2021-54527547-APN-DGD#MT, las Leyes N° 26.377, N° 26.773 y N° 27.541, los Decretos N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008 y N° 128 de fecha 14 de febrero de 2019, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 38 de fecha 19 de diciembre de 2012, N° 10 de fecha 19 de julio de 2021 y N° 19 de fecha 7 de julio de 2022, la Resolución Conjunta General de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS N° 4135 de fecha 22 de septiembre de 2017, la Resolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN N° 1 de fecha 18 de marzo de 2021, y las Resoluciones de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 190 de fecha 22 de octubre de 2021, N° 56 de fecha 22 de abril de 2022 y N° 161 de fecha 6 de octubre de 2022, y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08 facultaron a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar entre sí Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

Que el objeto principal de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial es inducir a la formalización de las relaciones laborales, facilitar el acceso de los trabajadores y sus familias a los beneficios de la Seguridad Social, y adecuar los métodos de recaudación y fiscalización de los recursos de la Seguridad Social.

Que la citada normativa estableció la competencia de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL para homologar convenios celebrados en el marco de la Ley N° 26.377.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 38/12 se homologó, con los alcances previstos en la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08, el Convenio celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la CÁMARA DEL TABACO DE JUJUY.

Que en el acápite A, artículo 1° de la Resolución Conjunta General de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) N° 4135/17 se estableció que la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL actualizará las tarifas sustitutivas de los convenios con base en las resoluciones que aprueben nuevas escalas...

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