Resolución 39/2022

Fecha de publicación10 Febrero 2022
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS


Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-42435367- -APN-GIT#ENARGAS, lo dispuesto por la Ley N° 24.076 y su Decreto Reglamentario N° 1738/92, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 2° de la Ley N° 24.076 establece los objetivos para la regulación del transporte y distribución del gas natural, los cuales serán ejecutados y controlados por el Ente Nacional Regulador del Gas.

Que, entre dichos objetivos, se encuentran: “a) Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores; b) Promover la competitividad de los mercados de oferta y demanda de gas natural, y alentar inversiones para asegurar el suministro a largo plazo; c) Propender a una mejor operación, confiabilidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de los servicios e instalaciones de transporte y distribución de gas natural; d) Regular las actividades del transporte y distribución de gas natural, asegurando que las tarifas que se apliquen a los servicios sean justas y razonables de acuerdo a lo normado en la presente ley; e) Incentivar la eficiencia en el transporte, almacenamiento, distribución y uso del gas natural; f) Incentivar el uso racional del gas natural, velando por la adecuada protección del medio ambiente; g) Propender a que el precio de suministro de gas natural a la industria sea equivalente a los que rigen internacionalmente en países con similar dotación de recursos y condiciones”.

Que, es decir que, la mencionada Ley no soslaya la relevancia de dotar a las personas usuarias del servicio de gas por redes de herramientas y mecanismos sólidos para hacer un uso eficiente y racional del recurso. Además, el uso eficiente por parte de las personas usuarias actuales permitiría disponer de recursos gasíferos para favorecer el acceso al servicio a futuras personas usuarias que se encuentran próximas a la red. Todo esto contribuiría con el libre acceso, no discriminación y uso generalizado de las instalaciones, en cumplimiento con los mandatos del Artículo 2° de la Ley 24.076.

Que, por su parte, el Artículo 52 inciso x) de la referida Ley, faculta al ENARGAS a realizar todo acto que sea necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los fines de la Ley, así como también, de su reglamentación.

Que a su vez, el Artículo 59, inciso h) faculta a la Máxima Autoridad a realizar todos los demás actos que sean necesarios para el cumplimiento de las funciones del Ente y los objetivos de la Ley.

Que en este orden de ideas, el Ente Nacional Regulador del Gas no debe permanecer indiferente a los cambios ante la dinámica y exigencias existentes, a fin de optimizar su funcionamiento, para el adecuado cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley N° 24.076 y siempre en ese marco.

Que, conforme las responsabilidades asignadas a la Gerencia de Innovación Tecnológica de este Organismo, resulta de su incumbencia gestionar la creación de Mesas de Innovación Tecnológica para el intercambio de propuestas técnicas, en el marco de la implementación de mejoras en diversos aspectos de la Industria del gas natural; administrar el seguimiento de las propuestas recibidas y coordinar el proceso de intercambio técnico con las áreas específicas de la Gerencia, así como con otras Unidades Organizativas del Organismo que resulten competentes respecto de la materia en tratamiento (RESOL-2020-345-APN-DIRECTORIO#ENARGAS).

Que, cabe señalar que, las Mesas de Innovación Tecnológica, tienen como objeto la recepción, discusión, intercambio y seguimiento de propuestas técnicas específicas de innovación, tendientes a la mejora en diversos aspectos del servicio público de gas por redes, así como de la Industria del gas natural.

Que así, la Gerencia de Innovación Tecnológica de este Organismo propició la creación, en el ámbito del ENARGAS, de una Mesa de Innovación Tecnológica relativa a “Uso eficiente del gas en hogares”, cuyo objetivo es “proponer gestiones que colaboren con la renovación y modernización de artefactos domésticos a gas y con el desarrollo de técnicas de diseño y construcción eficientes, tanto en nuevos diseños como en proyectos de rehabilitación energética de viviendas, tendientes a minimizar los requerimientos en el uso de gas natural a nivel domiciliario”.

Que, resulta de importancia el gasto destinado a servicios energéticos en gran parte de los hogares del país en relación con sus ingresos, lo que deriva en una situación de vulnerabilidad energética. En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR