Resolución 389.

Fecha de disposición29 Junio 2016
Fecha de publicación29 Junio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 389/2016

Bs. As., 08/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.716.297/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/5 del Expediente N° 1.718.833/16 agregado como foja 6 al Principal, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (FATSA) por parte sindical y la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ESPECIALIDADES MEDICINALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEM) por la parte empleadora, ratificado a fojas 64/65 de las actuaciones de referencia, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido nuevas escalas salariales para el personal alcanzado por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 120/75, el pago de una asignación de carácter excepcional no remunerativa y entre otros ítems, con vigencia a partir del día 1° de Mayo de 2016, con las consideraciones obrantes en el texto convencional, al cual se remite.

Que con referencia a las categorías de profesionales alcanzados por el mentado acuerdo, cabe resaltar que conforme la Resolución S.T. N° 1392 de fecha 18 de Septiembre de 2015, corresponde la homologación del acuerdo celebrado dentro del ámbito de representación reconocido hasta la fecha a la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA y sin que ello implique afectación del ámbito de representación otorgado al SINDICATO ARGENTINO DE FARMACÉUTICOS Y BIOQUÍMICOS en lo que respecta a su alcance personal y territorial.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la Entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que homologado el acuerdo, correspondería remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

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