Resolución 388 - E.

Fecha de disposición27 Octubre 2016
Fecha de publicación27 Octubre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 388 - E/2016

Buenos Aires, 26/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1.721.776/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por el sector sindical y la empresa AGCO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.721.776/16 y ha sido ratificado a fojas 38 y 39 de las mismas actuaciones.

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen un incremento de naturaleza no remunerativa, en los términos y conforme los lineamientos allí estipulados, el que será incorporado a los salarios básicos conforme surge del Anexo I que forma parte del mismo.

Que de las actas de ratificación ut-supra aludidas surge que el acuerdo se celebra respecto del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1368/14 "E".

Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado a través de Resolución Secretaria de Trabajo Nº 705, de fecha 13 de mayo de 2014.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 1368/14 "E" cuyas escalas salariales modifica.

Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el...

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