Resolución 388/2020

Fecha de publicación30 Octubre 2020
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-72868193- -ANSES-DPA#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); las Leyes N° 17.671 y sus modificatorias, N° 26.413 y su modificatoria; los Decretos Nº 1501 del 20 de octubre de 2009; las Disposiciones Nº 2108 del 7 de junio de 2019, Nº 1056 del 22 de octubre de 2020 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS; y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición N° 1056/20, de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, implementó el CERTIFICADO DE PREIDENTIFICACIÓN, teniendo por objeto garantizar el reconocimiento y registro de las personas aún no identificadas con el respectivo Documento Nacional de Identidad.

Que el CERTIFICADO DE PRE-IDENTIFICACIÓN se otorgará exclusivamente a aquellas personas cuyo nacimiento hubiera ocurrido en el país y de las cuales no obren registros de identificación alguna.

Que dicha registración permitirá proveer acompañamiento y asistencia a aquellas personas que así lo requieran, a fin de completar su proceso identificatorio y a obtener, oportunamente y de corresponder, el Documento Nacional de Identidad.

Que, en varias oportunidades, se ha suscitado el inconveniente de no poder individualizar a uno de los dos progenitores, por no contar con Documento Nacional de Identidad, lo que impide a las mismas y a los mismos realizar trámites ante esta ANSES.

Que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a través de las áreas pertinentes, deberá dictar las normas necesarias para la recepción e implementación de lo dispuesto por la Disposición N° 1056/20 de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen N°...

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