Resolución 388/2019

Fecha de publicación16 Julio 2019
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2019

VISTO la Ley N.° 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto N.º 1738 del 18 de septiembre de 1992, el Expediente Nº EX-2019-60178851- -APN-GA#ENARGAS, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N.° 27.467 (B.O. 04/12/18) aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, que comprende el presupuesto del ENARGAS.

Que, de acuerdo a la Decisión Administrativa N.º 12/19 del Jefe de Gabinete de Ministros, del 10 de enero de 2019, se han distribuido los créditos correspondientes al Ejercicio 2019, siendo los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente ejercicio de PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO ONCE MIL OCHOCIENTOS TRES ($ 1.146.111.803.-).

Que, mediante Decisión Administrativa Nº 567/19 del Jefe de Gabinete de Ministros, del 3 de julio de 2019, se ha modificado el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, aumentando el importe de la Tasa de Fiscalización y Control en la suma de PESOS SETENTA MILLONES ($ 70.000.000.-). De esta manera, los recursos por Tasa de Fiscalización y Control para el presente ejercicio ascienden a PESOS UN MIL DOSCIENTOS DIECISEIS MILLONES CIENTO ONCE MIL OCHOCIENTOS TRES ($ 1.216.111.803.-).

Que, a efectos de asegurar el correcto desempeño de las funciones asignadas por la Ley N.° 24.076 a esta Autoridad Regulatoria, y atento a lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 del Decreto N.° 1738/92, resulta necesario establecer un anticipo de la Tasa de Fiscalización para el año 2019.

Que, a fin de determinar la base de cálculo para este anticipo, se cuenta con la información suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía del ENARGAS, mediante ME-2019-59041433-APN-GDYE#ENARGAS, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los últimos Estados Contables, disponibles por esa Gerencia, de las Distribuidoras y Transportistas, presentados ante esta Autoridad Regulatoria, en cumplimiento de las Resoluciones ENARGAS N.º 1660/00 y N.º 163/95 y sus concordantes.

Que este anticipo se tomará a cuenta del importe que a todos los sujetos que resulten obligados al pago les corresponda abonar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control para el año 2019, el que se determinará en forma definitiva en oportunidad del pago de la última cuota de la mencionada Tasa, en base a los ingresos brutos por actividad regulada que surja de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2018 o últimos presentados por las...

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