Resolución 385/2020

Fecha de publicación10 Diciembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES


Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2020

VISTO el Expediente EX-2020-55189216-APN-DGA#APNAC, los Decretos Nros. 260/2020, 297/2020 y 459/2020, las Resoluciones del Presidente del Directorio RESOL-2020-57-APN-APNAC#MAD, RESOL-2020-132-APN-APNAC#MAD y las Resoluciones del Directorio RESFC-2020-20-APN-D#APNAC y RESFC-2020-216-APN-D#APNAC, y

CONSIDERANDO:

Que, debido a la situación excepcional, derivada de la pandemia declarada en fecha 11 de marzo de 2020 por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) producida por los contagios a nivel mundial del virus denominado “COVID–19”, del cual nuestro país no escapa, fue necesario tomar medidas necesarias en resguardo de la población.

Que la rápida propagación de la enfermedad generó una fuerte contracción de la actividad económica y la prioridad estuvo en salvaguardar la salud de los habitantes de la República con el fin de evitar un colapso del sistema sanitario.

Que en virtud de lo expuesto se ha dictado el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, de fecha 12 de marzo de 2020, mediante el cual se amplió por el plazo de UN (1) año la Emergencia Pública Sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 y se facultó al MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN como autoridad de aplicación.

Que dicho Ministerio, en el marco de la contingencia producida por el avance del virus COVID-19 en nuestro país, recomendó no llevar adelante eventos masivos y evitar la aglomeración de personas en un mismo lugar.

Que, ante esas circunstancias, con fecha 15 de marzo de 2020, el presidente de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, en uso de las facultades que la Ley le confiere, dictó la Resolución RESOL-2020-57-APN-APNAC#MAD en la cual se vedó a partir del día 16 de marzo del corriente, el ingreso de visitantes a las Áreas Protegidas y suspendió la realización de toda actividad turística.

Que con fecha 19 de marzo de 2020 el PRESIDENTE DE LA NACIÓN estableció el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio a través del Decreto N° 297/2020 con vigencia hasta el día 31 de marzo, el cual ha sido renovado hasta la actualidad.

Que esta situación impacta negativamente en la actividad económica y perjudican sensiblemente al sector turístico.

Que es dable mencionar que mediante los Decretos Nros. 520/2020, 576/2020, 605/2020 y 641/2020, se estableció que las distintas áreas geográficas del país -de acuerdo al estatus sanitario de cada provincia, departamento y aglomerado- se desenvolverían bajo los regímenes de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” o de...

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