Resolución 3835-E.

Fecha de disposición22 Mayo 2017
Fecha de publicación22 Mayo 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 3835-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2017

VISTO los Expedientes N° 4.00.0/12 y 4.01.0/12, del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del VISTO documentan el concurso público convocado por la entonces AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, mediante Resolución Nº 698- AFSCA/12, complementada y modificada por sus similares Nº 1.072-AFSCA/14 y Nº 1.342-AFSCA/12, con el objeto de adjudicar DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de DOS (2) servicios de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia, en la localidad de CHARATA, provincia del CHACO.

Que conforme surge del acta de apertura del concurso público obrante en el Expediente Nº 4.00.0/14, se verificó la presentación de UNA (1) oferta, realizada por la ASOCIACIÓN ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS DE CHARATA, documentada como Expediente AFSCA N° 4.01.0/12.

Que dicho proceso de selección es regido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, aprobado por Resolución Nº 698-AFSCA/12 y su circular aclaratoria aprobada por Resolución Nº 1.040- AFSCA/12, para la adjudicación a personas de existencia ideal sin fines de lucro de licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, con categorías E, F y G (Anexo A).

Que el procedimiento contemplado en el Artículo 20 del Pliego que documenta el Anexo A de la Resolución Nº 698-AFSCA/12 y su circular aclaratoria aprobada por Resolución Nº 1.040-AFSCA/12, dispone que las propuestas serán evaluadas por las áreas competentes, en función de los requisitos y...

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