Resolución 383. RESOL-2018-383-APN-SECT#MT

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición21 de Enero de 2019

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 383/2018

RESOL-2018-383-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente N° 1.764.571/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente N° 1.768.762/17 agregado a fojas 3 al Expediente N° 1.764.571/17, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURÍAS por la parte sindical, y la empresa G.V. CONSIGNATARIA DE HACIENDA Y SUBPRODUCTOS GANADEROS SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, ratificado a fojas 42 y 43 conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 223/93 Rama Cuero, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que en relación con el carácter no remunerativo atribuido a la gratificación pactada en el artículo cuarto, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y...

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