Resolucion Nº 1.600
Emisor | Dir. Personas Juridicas |
Fecha de la disposición | 22 de Junio de 2012 |
RESOLUCION Nº 1.600
Mendoza, 22 de junio de 2012
Visto el Expediente Nº 224-D-2012-00917, caratulado: "Dirección de Personas Jurídicas D.P.J. s/Programa de Regularización Institucional", y
CONSIDERANDO:
De dichas actuaciones surge, ante la información y verificación permanente de los legajos que se visualizan a raíz de analizar cambios de domicilios, aumento de capital, renovación de Directorios, etc., que la mayoría de las Sociedades Comerciales Accionarias o no Accionarias que se encuentran bajo la órbita de fiscalización y control de la Dirección de Personas Jurídicas de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Nº 5069 en los artículos 2º y 3º, se verían beneficiadas con la implementación de un Plan de Regularización Institucional de Sociedades Comerciales, ya que adeudan la presentación de sus balances, los cuales en algunos casos superan los diez años de antigüedad;
Dicho plan puede ser implementado en razón de la vigencia de la Ley Impositiva Nº 8398, vigente para el Ejercicio 2012, publicada en B.O. el 24/01/2012, que permitiría la aplicación del mismo por única vez, para que las Sociedades Comerciales que se encuentren previamente con sus Directorios actualizados, pongan al día los legajos contables respectivos; siendo aquel un requisito de cumplimiento obligatorio para acceder al beneficio de Regularización Institucional;
Que la citada Ley 8398 autoriza los códigos para la percepción de los emolumentos por tasas retributivas para Sociedades Comerciales Accionarias, comprendidas o no en el art. 299º de la Ley Nº 19.550, identificados bajo los numeros de códigos 121 (presentación de EECC atrasados Soc. no incluidas en el art. 299) y 122 (presentación de EECC atrasados Soc. incluidas en el art. 299);
Que los valores determinados en dichos códigos por tasas retributivas se abonarán por única vez y contribuirán a la regularización de las sociedades que se encuentran atrasadas en la presentación de sus estados contables.
Para el caso de sociedades que hallan sido previamente emplazadas por la Dirección de Personas Jurídicas reclamando su regularización contable, deberán abonar además la tasa retributiva correspondiente a los códigos 248 o 249 (o código de multa) según corresponda;
Que la no presentación de la documentación contable de ejercicios vencidos por parte de las Sociedades Comerciales, demuestra una violación a...
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