Resolución 3819.

Fecha de disposición27 Mayo 2016
Fecha de publicación27 Mayo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 3819/2016

Bs. As., 20/05/2016

VISTO el Expediente N° 26.780 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en la Ley N° 27.198 y la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 52 de la Ley N° 24.076 le asigna al ENARGAS, entre sus funciones y facultades, la de dictar Reglamentos en materia de seguridad, normas y procedimientos técnicos, a los cuales deberán ajustarse todos los sujetos de la Ley, disponiendo en tal sentido, que el ENARGAS actualizará la normativa vigente.

Que la Oblea Habilitante, para vehículos propulsados a Gas Natural Comprimido (GNC), es un instrumento público de vital importancia para la seguridad del Sistema de GNC, ya que representa la legitimidad jurídica y administrativa del equipo, así como su capacidad y aptitud técnica para cumplir su función en el vehículo.

Que la potestad regulatoria importa establecer un marco normativo que contenga los presupuestos mínimos de protección de los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, y las responsabilidades de los Sujetos del Sistema de GNC, garantizando la calidad, eficiencia y seguridad del servicio que se suministra.

Que el Artículo 2° de la Resolución ENARGAS N° I-1652/2011, estableció el costo de la Oblea en la suma de PESOS TRES CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3,75) y de la Cédula MERCOSUR en la suma de PESOS UNO CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 1,25), sin que ambos valores hayan tenido modificaciones a la fecha.

Que la Ley N° 27.198 aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2016, distribuidos por Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016 (B.O. 21/01/2016).

Que la Decisión Administrativa N° 10/16, que distribuye los créditos y recursos presupuestarios, asignó al ENARGAS como recurso en el rubro "Venta de Bienes y Servicios de Administraciones Públicas - Venta de Bienes - Bienes Varios de la Administración Nacional", la suma de PESOS DOCE MILLONES SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 12.062.500.-).

Que resulta necesario actualizar el valor de la Oblea Habilitante y de la Cédula del MERCOSUR para los citados vehículos.

Que es menester destacar que este Organismo no tiene fines de lucro, y que el nuevo valor de la Oblea Habilitante y de la Cédula MERCOSUR, tiene por finalidad financiar los costos incurridos por este Organismo con relación a las funciones de...

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