Resolución 380/2015

Fecha de disposición04 Junio 2015
Fecha de publicación10 Junio 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33147



AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Resolución 380/2015Bs. As., 4/6/2015

VISTO el Expediente N° 3498/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Resolución N° 0236-AFSCA/15 se asignó a los titulares de licencias de servicios de televisión abierta analógica consignados en el Anexo I, en carácter de licenciatarios operadores conforme la definición contenida en la Norma Nacional de Servicio, los canales digitales de televisión y sus parámetros técnicos que en cada caso se detallan, de acuerdo a los canales radioeléctricos que allí se definen, para la prestación del servicio de televisión digital terrestre abierta.

Que se ha advertido que en el citado Anexo I se incurrió en un error material al consignarse la denominación LRI 486 TV Canal 6, siendo lo correcto LRI 486 TV Canal 8, correspondiente al servicio de televisión abierta analógica de la localidad de MAR DEL PLATA, provincia de BUENOS AIRES.

Que consecuentemente, corresponde rectificar la Resolución N° 0236-AFSCA/15, de conformidad con lo prescripto por el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991), reglamentario de la Ley N° 19.549.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1), de la Ley N° 26.522 y lo dispuesto en el artículo 101 del...

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