Resolucion 38

Fecha de publicación20 Febrero 2008
Fecha de disposición20 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31349

Registro Nº 15/2008

Bs. As., 28/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.236.401/07 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (to. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.236.401/07 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y las firmas EMPRESA DISTRIBUIDORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA --EDENOR S.A.-- y EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA --EDESUR S.A.-- conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el contenido del mentado acuerdo está referido, en lo substancial, al pago, a todo el personal representado por la entidad gremial firmante, de una gratificación especial por única vez, pagadera en dos cuotas, conforme los términos detallados en las Cláusulas Primera y Segunda del mismo, como así también de una suma fija remunerativa mensual a partir del 1º de julio de 2007.

Que en lo que respecta al ámbito personal como al territorial de aplicación del presente acuerdo, cabe señalar, que quedan circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociables del mismo.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último correspondería, que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la DIRECCION DE REGULACIONES DEL TRABAJO, dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y las firmas EMPRESA DISTRIBUIDORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA --EDENOR S.A.-- y EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA --EDESUR S.A.-- glosado a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.236.401/07.

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 Expediente Nº 1.236.401/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias e intimarlas a que acompañen las escalas salariales vigentes a fin que cumplido pase a la DIRECCION DE REGULACIONES DEL TRABAJO para elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter...

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