Resolución 379/2020

Fecha de publicación16 Noviembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE


Posadas, Misiones, 12/11/2020

VISTO: las disposiciones de la Ley 25.564, el Decreto Reglamentario Nº 1.240/02, y las Resoluciones del INYM Nros. 54/2008 y 11/2017 y sus modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

QUE, por Resolución 11/2017 y sus modificatorias se aprobó el “REGLAMENTO DE RECEPCIÓN Y SECANZA DE LA YERBA MATE”, de aplicación a todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde de yerba mate, regulando las determinaciones a ser cumplidas para el desarrollo de la actividad.

QUE la experiencia en la aplicación de dicho reglamento y la circunstancia de haberse detectado en las plantas de secado, la presencia de gran cantidad de palo de descarte, subproducto de elaboración de yerba mate canchada, pone de manifiesto la necesaria adecuación de la norma para contemplar las diferentes circunstancias fácticas constatadas en las inspecciones, a fin de posibilitar que la actividad se encamine hacia la aplicación de procesos de elaboración más eficientes que propendan a la sustentabilidad de los distintos eslabones de la actividad yerbatera.

QUE los resultados de análisis de laboratorio de las muestras de yerba mate canchada tomadas por los funcionarios del INYM, evidencian a través de los años, un incremento en el porcentaje de polvo de palo que pasa por tamiz 420 mm (malla 40), circunstancia que pone de manifiesto que durante el procesamiento de la hoja verde de yerba mate, se procede un molido o reproceso del palo grueso de yerba mate que el INYM debe regular y controlar en miras a la obtención de un producto de buena calidad.

QUE el cotejo de los resultados de análisis de laboratorio de las muestras de yerba mate canchada tomadas por los funcionarios del INYM durante los años 2019 y 2020, demuestra que resulta necesario exigir que la yerba mate canchada que se comercialice en el país cumpla con especificaciones microbiológicas que aseguren la inocuidad de dicha materia prima, exigencia que se corresponde con lo establecido por el código alimentario argentino para la yerba mate elaborada.

QUE el control preventivo de factores microbiológicos en la yerba mate canchada por parte el INYM, tiene sustento en el hecho de detectar en forma temprana, cualquier contaminante que pueda afectar la inocuidad de la materia prima utilizada para la yerba mate elaborada en sus distintas clasificaciones.

QUE, las muestras que se tomen de la yerba mate canchada, deben respetar un protocolo que asegure la aleatoriedad y representatividad del lote a analizar, así como la utilización de un método adecuado orientado al tipo de análisis que se pretende realizar, motivo por el cual corresponde establecer y aprobar un procedimiento específico para la toma muestra de Yerba Mate Canchada.

QUE, teniendo en cuenta ello, en el ámbito de la Subcomisión de Legislación, Fiscalización y Control del INYM se han analizado y estudiado en detalle las cuestiones referentes al...

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