Resolución 377-E.

Fecha de disposición09 Mayo 2017
Fecha de publicación09 Mayo 2017
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 377-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2017

VISTO el Expediente Nº 1.747.287/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma JUAN CINCOTTA SOCIEDAD ANÓNIMA celebra un acuerdo directo con el SINDICATO OBRERO DEL CAUCHO ANEXOS Y AFINES, obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.747.287/16, el que es ratificado a fojas 14 y 19 de autos y solicitan su homologación.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que en dicho texto las partes acuerdan suspensiones para el personal.

Que a foja 3 obra el cronograma de suspensiones a aplicar.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el...

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