Resolución 376. RESOL-2018-376-APN-SECT#MT

Fecha de disposición04 Diciembre 2018
Fecha de publicación04 Diciembre 2018
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 376/2018

RESOL-2018-376-APN-SECT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº 1.755.313/17 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.765.682/17, agregado a fojas 42 del Expediente Nº 1.755.313/17, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTÓN Y QUÍMICOS, por el sector gremial y la ASOCIACIÓN DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL, por el sector empresario, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 720/15- Rama Fabricación de Celulosa y Papel.

Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convienen otorgar una Gratificación Extraordinaria por única vez de carácter no remunerativo que se abonará mensualmente entre los meses de abril a septiembre de 2017 y, entre los meses de octubre de 2017 a marzo de 2018, conforme a los valores y en los términos detallados en el presente.

Que, asimismo, las partes acuerdan que los valores se incorporarán a los salarios básicos de convenio a partir del 1 de octubre de 2017 y del 1 de abril de 2018, de conformidad con el detalle que surge del texto de marras.

Que corresponde destacar que, en relación con el carácter no remunerativo atribuido a la asignación pactada, resulta procedente hacer saber a las partes que dicha atribución a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores es de alcance restrictivo.

Que en consecuencia, corresponde exhortar a las partes a fin de que en futuras negociaciones, las sumas cuyo devengamiento se estipule para varios períodos mensuales, tengan naturaleza remunerativa, conforme a lo...

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