Resolución 37. RESOL-2018-37-APN-TTN#MI

Fecha de disposición19 Julio 2018
Fecha de publicación19 Julio 2018
SecciónResoluciones

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

Resolución 37/2018

RESOL-2018-37-APN-TTN#MI

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2018

VISTO la Ley N° 21.626 Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (t.o. 2001), el Decreto N° 798 del 21 de junio de 2016, la Norma TTN N° 28.0 del 12 de julio de 2016, la Resolución del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN Nº 5 del 30 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° inc. d) de la Ley Nº 21.626 establece que son funciones del Tribunal: "\u2026practicar tasaciones sobre todo tipo de bienes que le sean requeridas por Organismos Nacionales, Binacionales o Multinacionales de las cuales el Estado Nacional sea parte, provinciales o municipales, cualquiera sea la forma jurídica adoptada." Por su parte el inc. e) faculta al Tribunal a "practicar tasaciones de bienes muebles e inmuebles en juicios, cualquiera sea la materia y la jurisdicción, a propuesta de las partes o por designación de oficio\u2026".

Que el artículo 3° de la Ley mencionada, dispone en el inciso b) que será atribución del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN en pleno, actuar como organismo rector en el ámbito de las tasaciones, estableciendo normas y métodos de alcance nacional.

Que es política del Gobierno Nacional y en particular del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM) que las redes de telecomunicaciones y tecnologías de la información se expandan para generar más y mejores servicios a los consumidores, a precios más accesibles y con mayor calidad y un crecimiento sostenido del mercado de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).

Que el ESTADO NACIONAL posee numerosos inmuebles aptos para ser utilizados como soporte para dichos equipos e infraestructura, por lo que es conveniente facilitar su uso por parte de los prestadores que los requieran a precios de mercado, en condiciones no discriminatorias y cumplimentando las normas ambientales, de seguridad y de salud aplicables.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 798 del 21 de junio de 2016, se instruye a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE) para que, en su carácter...

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