Resolución 37.
Fecha de disposición | 05 Febrero 2016 |
Fecha de publicación | 05 Febrero 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Resolución 37/2016
Bs. As., 03/02/2016
VISTO el Expediente N° S05:0003315/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Decreto-Ley N° 6.704 del 12 de agosto de 1963, la Ley N° 26.888, las Resoluciones Nros. 165 del 19 de abril de 2013, 336 del 5 de agosto de 2014 y 31 del 4 de febrero de 2015 todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 26.888 se creó el Programa Nacional de Prevención del Huanglongbing (HLB).
Que la mencionada ley fue reglamentada por la Resolución N° 336 del 5 de agosto de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que la Resolución N° 165 del 19 de abril de 2013 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, define la condición de las diferentes aéreas geográficas del Territorio Nacional respecto a la enfermedad y a la presencia de su insecto vector, Diaphorina citri, regulando el tránsito de fruta fresca y materiales de propagación entre las mismas.
Que la fruta fresca cítrica sin procesar puede ser una vía de traslado de Diaphorina citri y consecuentemente del HLB.
Que la Provincia de MISIONES momentáneamente no cuenta con la suficiente capacidad de proceso en empaques habilitados en relación al volumen de fruta fresca cítrica que se produce en ella.
Que los Departamentos de Baradero y San Pedro en la Provincia de BUENOS AIRES, procesan fruta procedente de las Provincias de MISIONES, ENTRE RÍOS y CORRIENTES.
Que la cosecha de la fruta fresca cítrica es inminente motivo por el cual resulta necesario dictar en forma inmediata una reglamentación con el objeto de regular transitoriamente dichos traslados a fin de resguardar la seguridad fitosanitaria.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto conforme lo establecido en el Artículo 6° de la Ley N° 27.233 y en el Artículo 8°, incisos e) y f) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR) para HLB y Diaphorina citri. Aprobación. Se aprueba el Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR) para Huanglongbing (HLB) y Diaphorina citri para el traslado de...
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