Resolución 369.

Fecha de disposición23 Junio 2016
Fecha de publicación23 Junio 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 369/2016

Bs. As., 03/06/2016

VISTO el Expediente N° 1.705.912/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado por la firma HONDA MOTOR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la entidad gremial, obrante a fojas 5/6 de autos y ratifican a fojas 7, 8 y 107, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho acuerdo las partes pactan las nuevas escalas salariales a regir a partir del 1° de octubre de 2015 para los trabajadores de la empresa Planta Florencio Varela y demás trabajadores de las empresas eventuales que ella ocupa, conforme a los términos y condiciones allí pactados.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que el mismo se celebra en el marco del CCT N° 1179/11 "E" del cual son signatarias las mismas partes.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que se hace saber que se procederá a la homologación del presente acuerdo, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores.

Que correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo, se proceda a elaborar, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de base promedio y tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, que impone a este Ministerio la obligación de fijar los promedios de las...

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