Resolución 364/2019

Fecha de publicación06 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD
undefinedCiudad de Buenos Aires, 25/04/2019

VISTO el Expediente EX-2019-19062005--APN-SCPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, las Resoluciones M.J. y D.H. N° 1552 del 24 de agosto de 2012, N° 2318 del 05 de noviembre de 2012 y N° 2313 del 13 de noviembre de 2015, la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N° 271 del 01 de julio de 2016, y la Resolución M.S. Nº 355 del 10 de mayo de 2018, y

CONSIDERANDO

Que ante la Ayudantía Fiscal de Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming del Departamento Judicial de La Matanza, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo de la Doctora Analía Alejandra CÓRDOBA, tramita el Legajo de IPP N° PP-05-00-388856-08/00, caratulado “Imp. Jorge Luis Martínez Caballero s/ Homicidio – Art.79 Vtma. Molfesse, Walter José”, con la intervención del Juzgado de Garantías N° 5 del Departamento Judicial de La Matanza, Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Gustavo BANCO.

Que la mencionada Ayudantía Fiscal mediante oficio de fecha 14 de marzo de 2018 solicitó se ofrezca recompensa para aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con la aprehensión de Jorge Luis MARTÍNEZ CABALLERO, de nacionalidad paraguaya, nacido el día 2 de agosto de 1986 en Lima, REPÚBLICA DEL PARAGUAY, C.I.P. 4.728.555, número de prontuario civil de PARAGUAY 4470966, identificación civil N° 115190888154.

Que oportunamente se dictó la Resolución M.S. Nº 355/2018, mediante la cual se ofrece una recompensa de acuerdo a la Ley Nº26.538, que asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Jorge Luis MARTÍNEZ CABALLERO.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la obtención de la información.

Que en atención al tiempo transcurrido desde el dictado de la Resolución Ministerial de ofrecimiento, resulta necesario incrementar el monto de la mencionada recompensa a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-).

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de...

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