Resolución 3603.

Fecha de disposición21 Diciembre 2015
Fecha de publicación21 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 3603/2015
Bs. As., 14/12/2015
VISTO el Expediente ENARGAS N° 16987, la Ley N° 24076, el Decreto N° 1738/92, las Reglas Básicas
de la Licencia y la Resolución ENARGAS N° 35/93, y
CONSIDERANDO:
Que la COOPERATIVA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, SOCIALES Y VIVIENDAS EL BOLSÓN
LIMITADA (en adelante COOPETEL) solicitó la autorización para operar como Subdistribuidor de Gas
Licuado de Petróleo, en las localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía,
provincia de Río Negro, en el área de Licencia de la Distribuidora CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. (en
adelante SUR).
Que las presentes actuaciones se iniciaron con el desglose de las actuaciones correspondientes a la
localidad de Los Menucos, del Expediente ENARGAS N° 8046 en el que COOPETEL había solicitado
dicha autorización en forma conjunta con otras localidades, de modo que cada una tramitase
separadamente.
Que por NOTA ENRG/GD/UCF N° 11643/08 de fecha 23/12/08, se informó a COOPETEL que, del
análisis de la documentación aportada en el Expediente ENARGAS N° 8046, surgía que la misma debía
presentar los planos de proyecto aprobados de las redes de distribución de GLP correspondientes a las
localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía con la identificación de los
límites físicos de los sistemas de cada una de ellas y el listado de los activos afectados al servicio para el
desempeño de la actividad.
Que además se le requirió que acreditase el cumplimiento de lo establecido en el punto 9, requisitos
técnicos del ANEXO I compendio de instrucciones para subdistribución de gas por redes de la Resolución
ENARGAS N° 35/93.
Que COOPETEL, en respuesta a la Nota mencionada precedentemente, en fecha 04/08/09 adjunto los
planos de las redes “existentes y actualizadas”, y en su presentación del 03/09/09, informó acerca de la
situación de las plantas de almacenamiento y vaporización de gas propano y redes de distribución en las
localidades de Maquinchao, Los Menucos y Sierra Colorada, adjuntando documentación específica y
planos.
Que por otra parte, mediante NOTA ENRG/GD/GCEX N° 9018/09, de fecha 13/08/09, se le requirió a
SUR que remitiera un informe pormenorizado en el que se detalle si las instalaciones de redes de
distribución de gas licuado en la localidades de Maquinchao, Los Menucos y Sierra Colorada, reunían las
condiciones técnicas y de seguridad vigentes que permitieran operar el sistema de manera adecuada
para prestar el servicio en forma continua y eficiente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/NVp1TWMySHhmeWsrdTVReEh2ZkU0dz09
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