Resolución 360/2019

Fecha de publicación03 Septiembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019

VISTO el Expediente EX-2019-69103121-APN-DACYGD#AABE, la Ley Nº 27.328 y su Decreto Reglamentario Nº 118 de fecha 17 de febrero de 2017, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1 de diciembre de 2015, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 213 de fecha 19 de julio de 2018 (RESFC-2018-213-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la desafectación del bien inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ubicado en la calle Luna S/Nº entre Avenida Amancio Alcorta y Miravé, Comuna 4, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 02, Sección 26, Manzana 014 (parte), correspondiente al CIE Nº 0200025059/0, con una superficie total aproximada de DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CATORCE DECÍMETROS CUADRADOS (12.471,14 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2019-72744279-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que dicha desafectación se promueve para destinar el inmueble al proyecto, construcción y operación integral de un edificio que albergará futuras oficinas del Estado Nacional que esta Agencia lleva a cabo, en el marco de la Ley de Contratos de Participación Público - Privada Nº 27.328 y su Decreto Reglamentario Nº 118/17.

Que el referido proyecto tiene por objetivo promover la ejecución de una política pública tendiente al mejoramiento de los actuales espacios de trabajo y oficinas de la Administración Pública Nacional, a partir del uso óptimo, eficiente y sustentable de los bienes y espacios del Estado Nacional, ya que el espacio de trabajo del Servidor Público impacta directamente en la prestación de los servicios al ciudadano.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de constatar las condiciones de ocupación de dicho inmueble, se verificó que el mismo se encuentra sin uso ni destino, con edificaciones abandonadas, una construcción habitada por ocupantes informales y con custodia policial para el predio.

Que mediante el Decreto Nº 1.382/12 y su modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE...

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