Resolucion 36

Fecha de la disposición22 de Febrero de 2008

Registro Nº 45/2008

Bs. As., 28/12/2007

VISTO el Expediente Nº 1.247.112/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.247.112/07, obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION BANCARIA por el sector sindical y el BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES por el sector empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes precitadas han arribado a un acuerdo respecto de los salarios correspondientes a los trabajadores comprendidos en planta permanente y no permanente, de acuerdo a los valores que se detallan en el acta agregada a foja 10/11 de autos.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que debe tenerse presente, que los dependientes del BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES se vinculan al mismo a partir de una relación de empleo público regulada por el Estatuto para su Personal, en cuyo artículo 20 se consagra la estabilidad absoluta del empleo.

Que en atención a ello, la Resolución Nº 725 de fecha 18 de julio de 2007 de la SECRETARIA DE TRABAJO, sentó el criterio de que no resulta pertinente fijar la base promedio y tope indemnizatorio en relación al personal dependiente del BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que en consecuencia, no corresponde dar intervención a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a los efectos de realizar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION BANCARIA y el BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.247.112/07, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.247.112/07.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 18/75.

ARTICULO 4º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº...

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