Resolución 36/2019
Fecha de publicación | 01 Julio 2019 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA |
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-50705427- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo normado por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, corresponde a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO “entender en la aprobación de eventos biotecnológicos y en la aplicación de los marcos regulatorios y políticas relativas a los productos biotecnológicos, y en particular en el otorgamiento de las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de productos biotecnológicos para el uso agropecuario”.
Que el Artículo 3° de la Resolución N° 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA establece que la evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de bioseguridad y del manejo de riesgos, en las distintas fases de evaluación se encontrará a cargo de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA), ejerciendo la Dirección de Biotecnología de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO las funciones de Secretaría Ejecutiva de dicha comisión.
Que la Resolución N° RESOL-2016-112-E-APN-SECAV#MA de la ex -SECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA en su Artículo 6° inciso a) establece que es función de la CONABIA asesorar en “la evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de bioseguridad y del manejo de riesgos, en las distintas fases de evaluación, autorización y liberación al medio agropecuario de ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS.”
Que la mencionada Resolución N° RESOL-2016-112-E-APN-SECAV#MA en su Artículo 6° inciso b) establece que es función de la CONABIA asesorar en “todos los temas o cuestiones relativas a la biotecnología agropecuaria que dicha Secretaría someta a su evaluación científico-técnica”
Que por Resolución Nº 701 de fecha 27 de octubre de 2011 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se estableció el marco reglamentario para la evaluación de segunda fase para Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OGM vegetales).
Que mediante la Resolución N° 60 de fecha 5 de febrero de 2007 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS...
VISTO el Expediente N° EX-2019-50705427- -APN-DGDMA#MPYT del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo normado por el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, corresponde a la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO “entender en la aprobación de eventos biotecnológicos y en la aplicación de los marcos regulatorios y políticas relativas a los productos biotecnológicos, y en particular en el otorgamiento de las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de productos biotecnológicos para el uso agropecuario”.
Que el Artículo 3° de la Resolución N° 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA establece que la evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de bioseguridad y del manejo de riesgos, en las distintas fases de evaluación se encontrará a cargo de la COMISIÓN NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGÍA AGROPECUARIA (CONABIA), ejerciendo la Dirección de Biotecnología de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO las funciones de Secretaría Ejecutiva de dicha comisión.
Que la Resolución N° RESOL-2016-112-E-APN-SECAV#MA de la ex -SECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA en su Artículo 6° inciso a) establece que es función de la CONABIA asesorar en “la evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de bioseguridad y del manejo de riesgos, en las distintas fases de evaluación, autorización y liberación al medio agropecuario de ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS.”
Que la mencionada Resolución N° RESOL-2016-112-E-APN-SECAV#MA en su Artículo 6° inciso b) establece que es función de la CONABIA asesorar en “todos los temas o cuestiones relativas a la biotecnología agropecuaria que dicha Secretaría someta a su evaluación científico-técnica”
Que por Resolución Nº 701 de fecha 27 de octubre de 2011 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se estableció el marco reglamentario para la evaluación de segunda fase para Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OGM vegetales).
Que mediante la Resolución N° 60 de fecha 5 de febrero de 2007 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS...
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