Resolución 359.

EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN - SECRETARÍA DE COMERCIO
Fecha de la disposición21 de Junio de 2018

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 359/2018

Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2018

VISTO el Expediente EX-2018-28145999- -APN-DGD#MP, la Ley N° 27.442, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y 480 de fecha 23 de mayo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.442 tiene por objeto promover y preservar la competencia en el mercado en tutela del interés económico general.

Que el Artículo 18 de la citada ley, crea la Autoridad Nacional de la Competencia como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL con el fin de aplicar y controlar el cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia.

Que dentro de la Autoridad Nacional de la Competencia funcionarán el TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, la SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN DE CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS y la SECRETARÍA DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS.

Que, constituida y puesta en funcionamiento la Autoridad Nacional de la Competencia, las causas continuarán su trámite ante esta última.

Que el Artículo 5° del Decreto N° 480 de fecha 23 de mayo de 2018 establece que la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ejercerá las funciones de la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.442, con todas las facultades y atribuciones que dicha ley y el mencionado decreto otorgan a la Autoridad Nacional de la Competencia, hasta su constitución y puesta en funcionamiento.

Que, hasta tanto la estructura organizativa de la Autoridad Nacional de la Competencia cuente con plena operatividad, la ex COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA continuará actuando en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN con su estructura actual de acuerdo al Artículo 6° del Decreto N° 480/18.

Que, la interpretación armónica de la normativa antes citada implica que el diseño institucional establecido previamente a la sanción de la Ley N° 27.442 continúa hasta tanto entre en...

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