Resolucion 267/2008 - Mi

Fecha de disposición12 Febrero 2008
Fecha de publicación12 Febrero 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31343
Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Guillermo R. Oliveri.

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos EXPORTACIONES A LA UNION EUROPEA Resolución 134/2008

Prorrógase el plazo de ejecución establecido por los Artículos 23 de la Resolución Nº 113/2004, sustituido por el Artículo 14 de la Resolución Nº 904/2004 y 8º de la Resolución Nº 1111/2004, sustituido por el Artículo 5º de su similar Nº 497/2005, para el período de adjudicación 2007/2008 de la denominada 'Cuota Hilton'.

Bs. As., 11/2/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0036437/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 113 de fecha 22 de enero de 2004, modificada por su similar Nº 904 de fecha 28 de septiembre de 2004, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 269 de fecha 27 de junio de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se distribuyó el cupo de cortes enfriados vacunos sin hueso de alta calidad que la UNION EUROPEA asignara a la REPUBLICA ARGENTINA, correspondiente al período comprendido entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de junio de 2008.

Que por el Artículo 23 de la Resolución Nº 113 de fecha 22 de enero de 2004, sustituido por el Artículo 14 de su similar Nº 904 de fecha 28 de septiembre de 2004, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se establece que los adjudicatarios del referido cupo deben cumplimentar al 1 de marzo de cada año por lo menos el SETENTA POR CIENTO (70%) del cupo asignado en cada período.

Que por medio de la Resolución Nº 96 de fecha 4 de septiembre de 2007 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,

PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se distribuyó el cupo correspondiente a los PROYECTOS CONJUNTOS ENTRE ASOCIACIONES DE CRIADORES Y/O GRUPOS DE PRODUCTORES DE RAZAS BOVINAS Y PLANTAS FRIGORIFICAS EXPORTADORAS para el período comprendido entre el 1 de julio de 2007 y el 30 de junio de 2008, conforme lo establecido en el inciso a) del Artículo 5º de la mencionada Resolución 113/04, sustituido por el Artículo 2º de la citada Resolución Nº 904/04.

Que por el Artículo 8º de la Resolución Nº 1111 de fecha 15 de octubre de 2004, sustituido por el Artículo 5º de su similar Nº 497 de fecha 30 de junio de 2005, ambas de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se establece que los referidos Proyectos Conjuntos deberán haber exportado al menos el SETENTA POR CIENTO (70%) al día 1 de marzo de cada año, del cupo que le fuera asignado.

Que por la Resolución Nº 31 de fecha 27 de enero de 2006, modificada por su similar Nº 209 de fecha 30 de marzo de 2006, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, se creó el Registro de Operaciones de Exportación (ROE).

Que por la Resolución Conjunta Nº 12 y Nº 42 de fecha 1 de febrero de 2006 de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, respectivamente, se reglamentaron todos los aspectos relacionados con la aplicación de la citada Resolución Nº 31/06, modificada por su similar Nº 209/06 antedicha, designando como organismo de aplicación a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y AUMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por la Resolución Nº 397 de fecha 26 de mayo de 2006, modificada por sus similares Nros. 503 de fecha 3 de julio de 2006 y 760 de fecha 28 de septiembre de 2006, todas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se fijó, para el período comprendido entre el 1 de junio de 2006 y el 30 de noviembre de 2006 para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se incluyen en el Anexo a dicha norma, un cupo de exportación equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del volumen físico total exportado en el período comprendido entre el 1 de junio 2005 y el 30 de noviembre de 2005.

Que por la Resolución Nº 935 de fecha 29 de noviembre de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se fijó, para el período comprendido entre el 1 de...

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