Resolución 9/2007
Fecha de disposición | 03 Enero 2008 |
Fecha de publicación | 03 Enero 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31315 |
Secretaría de Hacienda
y
Secretaría de Finanzas
SISTEMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA
Resolución Conjunta 142/2007 y 9/2007
Dispónese la emisión de pagarés del Estado Nacional para proceder a la cancelación de los adelantos a proveedores por la adquisición de componentes extranjeros, para la obra de construcción de una central termoeléctrica a carbón en Río Turbio, provincia de Santa Cruz.
Bs. As., 27/12/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0499226/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes Nros. 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, los Decretos Nros. 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, y 1856 de fecha 6 de diciembre de 2007, la Resolución Nº 103 de fecha 6 de diciembre de 2007 de la SECRETARIA DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, reguló en su Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.
Que la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 en su Artículo 52 autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida planilla, y autoriza al Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.
Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 se establece que las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARIA DE HACIENDA y la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas dependientes del...
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