Resolución 35. RESOL-2019-35-APN-D#ARN

EmisorAutoridad Regulatoria Nuclear
Fecha de la disposición17 de Enero de 2019

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 35/2019

RESOL-2019-35-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2019

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus reglamentaciones, el Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos aprobado por Resolución de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 32/02, el Procedimiento para la Aplicación de Sanciones aprobado por Resolución ARN N° 75/99, la Norma AR 10.1.1 "Norma Básica de Seguridad Radiológica", el Expediente de Sanciones N° 06/16, caratulado "HOSPITAL PIROVANO Y OTROS s/ PRESUNTO INCUMPLIMIENTO A LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA", la Resolución del Directorio de la ARN N° 367/18, y

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 1° de la Resolución del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 367/18 se resolvió aplicar al HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO", una sanción de MULTA de PESOS NUEVE MIL ($9.000) de conformidad con lo establecido en el Artículo 5°, Inciso a) del Régimen de Sanciones para Instalaciones Clase II y III, Prácticas No Rutinarias y Transporte de Materiales Radiactivos, aprobado por Resolución de la ARN N° 32/02, por haberse comprobado en las actuaciones citadas en el VISTO que el mencionado Hospital operó sin Registro de Operación desde diciembre de 2013 hasta agosto de 2015, incumpliendo los criterios 45, 54 y 71 de la Norma AR 10.1.1 "Norma Básica de Seguridad Radiológica".

Que la citada Resolución fue notificada al HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. IGNACIO PIROVANO" a través de la Nota ARN N° 3490/18, en la cual se le comunicó que disponía del plazo de DIEZ (10) días hábiles, a partir de la notificación, para interponer Recurso de Reconsideración en virtud de lo establecido en el Artículo 84 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) reglamentario de la Ley N° 19.549.

Que conforme surge de la constancia de recepción del Correo Argentino, la...

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